Se amplía plazo para el registro de documentos laborales
El 28 de abril recién pasado se ha publicado en el Diario Oficial el Decreto N°39 que amplía el plazo para la obligatoriedad del registro de documentos laborales en el Registro Laboral Electrónico.
A través del presente boletín informamos los nuevos plazos:
- Modificaciones al Contrato de Trabajo (Anexos de contrato), Terminaciones de Contrato de Trabajo y Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad: Su obligatoriedad se suspenderá por el plazo de 18 meses desde su entrada en vigencia (diciembre del 2021), esto quiere decir que su registro será obligatorio desde Junio del 2023.
- Comité Paritario de Higiene y Seguridad, Comité Bipartito de Capacitación, Pactos Especiales de Condiciones de Trabajo, Sanciones en Contra de los Trabajadores, Instrumentos Colectivos de Trabajo, Registro de Asistencia, Feriados, Licencias y Permisos del Trabajador, Finiquito Laboral y Sentencia Judicial en que se Declare la Existencia de Empleador Único: Comenzarán a regir en el plazo de 20 meses contado desde su publicación en el Diario Oficial, esto es en Junio del 2023.