Se amplía plazo para el registro de documentos laborales

El 28 de abril recién pasado se ha publicado en el Diario Oficial el Decreto N°39 que amplía el plazo para la obligatoriedad del registro de documentos laborales en el Registro Laboral Electrónico.

A través del presente boletín informamos los nuevos plazos:

  1. Modificaciones al Contrato de Trabajo (Anexos de contrato), Terminaciones de Contrato de Trabajo y Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad: Su obligatoriedad se suspenderá por el plazo de 18 meses desde su entrada en vigencia (diciembre del 2021), esto quiere decir que su registro será obligatorio desde Junio del 2023.
  2. Comité Paritario de Higiene y Seguridad, Comité Bipartito de Capacitación, Pactos Especiales de Condiciones de Trabajo, Sanciones en Contra de los Trabajadores, Instrumentos Colectivos de Trabajo, Registro de Asistencia, Feriados, Licencias y Permisos del Trabajador, Finiquito Laboral y Sentencia Judicial en que se Declare la Existencia de Empleador Único: Comenzarán a regir en el plazo de 20 meses contado desde su publicación en el Diario Oficial, esto es en Junio del 2023.